La Ley de Reforma Laboral ya está aquí. El Pleno del Congreso de los
Diputados ha aprobado el texto definitivo de la Reforma Laboral, al
incorporar al RD-Ley 3/2012, de 12 de febrero, un total de 85 enmiendas
de distintos grupos parlamentarios. Con concesiones a unos y otros, más
rígido aún que la reforma de febrero en algunos puntos y menos en otros y,
sobre todo, matizando y aclarando los flecos que quedaban dudosos.
Ya por fin está claro el nuevo
marco normativo que rige desde ahora las relaciones laborales, a falta sólo
de que se publique en el BOE para que entre en vigor. A continuación tiene un
avance de algunas de sus muchas novedades aprobado por el Congreso.
·
DESPIDO COLECTIVO. La autoridad laboral ha quedado definitivamente relegada de la
decisión final sobre un ERE (se le quitó la atribución de tener que
autorizarlo, por lo que es decisión exclusiva del empresario), pero se le da
la posibilidad de poder hacer labores de mediación en el periodo de
consultas.
·
CAUSAS ECONÓMICAS. A efectos de justificar despidos, se considera que hay “disminución
persistente del nivel de ingresos” si durante tres trimestres consecutivos
los ingresos de cada trimestre son inferiores que los del respectivo
trimestre del año anterior.
·
DESPIDO POR ABSENTISMO. Sigue siendo mucho más fácil que antes de la reforma de febrero…
pero con matices. No computan para poder despedir las ausencias por
enfermedades graves y, además, para despedir a un trabajador por ausencias
que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, se
exigirá que las faltas de asistencia sumen un 5% de las jornadas hábiles
durante los 12 meses anteriores.
·
INDEMNIZACIÓN DE 8 DÍAS A
CARGO DEL FOGASA EN EMPRESAS DE MENOS DE 25 TRABAJADORES. El empresario no debe pagar los 20 días al trabajador en caso de
despido objetivo y luego solicitar al Fogasa que le reembolse 8 días, tal
como obligaba la reforma de febrero, sino que sólo le pagará 12 días y el
trabajador será quien pida al Fogasa los 8 restantes.
·
INDEMNIZACIONES POR
DESPIDO, EXENTAS. Se ha resuelto una de las
grandes dudas de la reforma de febrero: finalmente las indemnizaciones están
exentas en la cuantía equivalente a la del despido improcedente si el
empresario reconoce la improcedencia del despido en cualquier momento hasta
el acto de conciliación.
·
DESPIDO COLECTIVO DE
TRABAJADORES DE MÁS DE 50 AÑOS EN EMPRESAS CON BENEFICIOS. Se ha rebajado a 100 el número de trabajadores que obliga a una
empresa con beneficios que lleve a cabo despidos de trabajadores de más de 50
años a tener que hacer una aportación económica al Tesoro Público (en febrero
eran sólo las de más de 500 empleados).
·
MÁS LIBERTAD DE JORNADA EN
MANOS DEL EMPRESARIO. Se duplica (del 5% al
10%) el porcentaje de distribución irregular de la jornada de cada trabajador
que el empresario puede decidir unilateralmente.
·
PERMISO RETRIBUIDO PARA FORMACIÓN. La
Reforma no sólo lo consolida, sino que aumenta hasta cinco años el plazo en
que el trabajador puede acumularlos (por lo que en lugar de 20 horas anuales
puede disfrutar de 100 de golpe).
·
FIN DE LA JUBILACIÓN
FORZOSA. Se elimina la posibilidad de que
los convenios puedan extinguir los contratos de trabajo cuando se alcance la
edad de jubilación.
·
LAS VÍCTIMAS DEL
TERRORISMO, COLECTIVO BONIFICADO. Las
empresas que contraten a una persona que tenga reconocida esta condición
tendrán derecho a bonificaciones en la Seguridad Social durante cuatro años.
Además, las víctimas tienen derechos especiales para adaptar su jornada de
trabajo y ocupar vacantes.
·
EMPRESAS DEL SECTOR
TURÍSTICO. Las empresas del sector del
turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería que inicien o mantengan en
alta a los fijos discontinuos entre los meses de marzo y noviembre de cada
año se beneficiarán de una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas
empresariales a la Seguridad Social.
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ULTRAACTIVIDAD DE LOS
CONVENIOS TODAVÍA MÁS CORTA. El
RD-Ley ya redujo la ultra-actividad de los convenios a un plazo de dos años.
Ahora se recorta aún más y se fija en un año.
·
Y MUCHOS MÁS CAMBIOS Y
NOVEDADES.
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