El primer contrato de
arrendamiento, lo tiene que realizar el emprendedor en su nombre. Se hace de
tal forma, que vayamos adelantando los permisos obligatorios para la actividad
de la empresa. Puesto que, esta actividad debe pasar un sinnúmero de
inspecciones técnicas y de seguridad.
No sin antes habernos cerciorados
muy bien en Urbanismo y con documentos expedidos por el mismo, de que corresponde a nuestro sector productivo para poder implantar
la actividad y empezar a solicitar la LICENCIA DE APERTURA. Dado que este es uno de los más repetitivos errores que les suele
pasar la gran mayoría de emprendedores y gente ya bregada...
Constituida nuestra sociedad y
elevada a público es hora de empezar a ponerle todo a su nombre.
Bien, ya tenemos nuestra nave para empezar a trabajar en nombre de la Sociedad...
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